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En un fallo de 24 páginas, el juez de distrito de EE.UU. Brian Wimes ordenó que el proyecto de ley 85, promulgado por el gobernador republicano Mike Parson en 2021, fuera “invalidado por inconstitucional en su totalidad por violar la Cláusula de Supremacía. La H.B. 85 es inválida, nula y sin efecto”. Denegó la petición del estado de Misuri de desestimar el caso.
La ley prohibía a los organismos encargados de hacer cumplir la ley de Missouri aplicar leyes federales sobre armas no aprobadas por los legisladores estatales e instituía multas de 50.000 dólares por infracción. La ley invalidaba o anulaba las leyes federales u “otras acciones que se considere que infringen el derecho de una persona a portar armas, recogido en la Segunda Enmienda”.
En una explicación de la inconstitucionalidad de la ley, Wimes dijo que los “efectos prácticos de la ley son contrarios a su propósito declarado”. Aunque pretende proteger a los ciudadanos, la SAPA los expone a un daño mayor al interferir con la capacidad del Gobierno Federal para hacer cumplir las normativas sobre armas de fuego legalmente promulgadas y diseñadas por el Congreso con el fin de proteger a los ciudadanos dentro de los límites de la Constitución”.
MeidasTouch
El Gobierno catalán devolverá 23.000 multas por valor de 4 millones de euros del primer estado de alarma El dinero se devolverá de la forma más “sencilla” posible después de que el primer encierro fuera declarado inconstitucional Un control policial en Sitges durante las vacaciones de Semana Santa, durante el primer encierro, el 14 de abril de 2020 (Ayuntamiento de Sitges) / ACNshareACN | BarcelonaPublicado por primera vez: 27 de Octubre de 2021 03:22 PMLa Generalitat de Cataluña devolverá las 23.000 multas repartidas y pagadas durante el primer estado de alarma, que ascienden a unos 4 millones de euros, según ha declarado este lunes por la mañana el conseller de Interior, Joan Ignasi Elena, a la cadena pública TV3.
La semana pasada, el Gobierno español anunció que devolvería las multas pagadas y el lunes Elena explicó que las autoridades catalanas harían lo mismo con las multas de las que era responsable. “La decisión es muy clara.
Las devoluciones se harán de la forma más “sencilla” posible, según la ministra. También dijo que una vez que los tribunales se pronuncien sobre el segundo estado de alarma, se tomará una decisión respecto a las multas emitidas durante ese periodo, que comenzó en octubre de 2020.
Navy SEAL Chris Kyle Persecución policial de Eddie Ray
El Pleno del Tribunal Constitucional ha resuelto el recurso de inconstitucionalidad formulado por el Grupo Parlamentario VOX en el Congreso de los Diputados, contra el Real Decreto 463/2020 por el que se declaró el primer estado de alarma.
Por todo ello, se desestiman las medidas inconstitucionales previstas en los apartados 1, 3 y 5 del art. 7 del Real Decreto, que vulneran el derecho fundamental a circular libremente por todo el territorio nacional, el derecho a elegir libremente residencia (art. 19 CE) y el derecho de reunión pacífica y sin armas (art. 21.1 CE). El Tribunal se limita a comprobar que las restricciones extraordinarias a la libertad de circulación, residencia y reunión, impuestas por el art. 7, aún orientadas a la protección de valores e intereses constitucionalmente relevantes y ajustadas a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, exceden del ámbito reconocido por la Constitución y la Ley Orgánica a la que se remite su art. 116.1.
La sentencia afirma que es inherente a la libertad de circulación su despliegue y práctica sin restricciones en las vías o espacios de uso público, para aquellos fines que sólo el titular del derecho puede determinar y sin necesidad de dar razón a la autoridad de las razones de su presencia en tales vías. Y estos elementos esenciales del derecho fundamental han sido cancelados a través de una medida que impone el confinamiento de toda la población en todo el territorio nacional, estableciendo que las personas sólo podrán circular, y hacerlo de forma individual, para realizar actividades expresamente autorizadas. por la norma. La inconstitucionalidad se basa en que estas drásticas medidas han supuesto, en la práctica, la suspensión del derecho a circular libremente, es decir, la anulación temporal del ejercicio de este derecho. Y esa suspensión sólo está prevista, para determinados derechos fundamentales, en los casos de declaración de estados de excepción o sitio (art. 55.1 CE).
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El gobierno español intentó hacer cumplir estos estados de excepción aplicando un elemento coercitivo. Sin embargo, posteriormente fueron declarados inconstitucionales. Además, se impusieron multas de entre 600 y 30.000 euros a quienes infringieran las restricciones. Por ejemplo, estar fuera durante el toque de queda, viajar, celebrar fiestas o reuniones con más gente de la permitida.
Aunque los funcionarios encargados de imponer estas sanciones se mostraron bastante comprensivos con los ciudadanos, durante los 11 meses que duraron las dos alarmas se impusieron casi 1,4 millones de multas. La gran mayoría de ellas, hasta el 84% del total, se impusieron durante el estado de excepción más grave. Fue durante la primavera de 2020, entre el 14 de marzo y el 21 de junio de ese año. En esos tres meses, se impusieron 1.142.127 sanciones con las correspondientes multas, la gran mayoría por el importe mínimo, 600 euros. Este fue el periodo con las restricciones más estrictas; una situación que no se había visto antes en la sociedad. Durante el primer y peor estado de excepción se impusieron multas por valor de 1.150 millones de euros. Esto no incluía las multas en el País Vasco y Cataluña, que tienen su propio sistema para gestionarlas.