Sección 6651
La multa por prórroga se calcula sobre el saldo del impuesto adeudado con la declaración, a razón del 2% por mes o fracción de mes, desde la fecha de vencimiento original hasta la fecha de presentación de la declaración. La multa máxima asciende al 12% del impuesto adeudado.
El plazo de prórroga finaliza 6 meses después de la fecha de vencimiento inicial o en la fecha de presentación de la declaración, si esta última es anterior. Si presenta su declaración más de 6 meses después de la fecha de vencimiento, la disposición de prórroga automática no se aplicará, y la declaración estará sujeta a la multa por presentación tardía sobre cualquier saldo de impuestos adeudados con la declaración. Si presenta su declaración dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de vencimiento original, pero no paga el impuesto adeudado hasta después de presentar la declaración, incluso si el impuesto se paga dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de vencimiento original, se aplicará la multa por prórroga durante el período de la prórroga y, a continuación, se aplicará la multa por pago fuera de plazo durante el resto del período por el que no se haya pagado el impuesto.
La declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas de Linda debía presentarse el 1 de mayo. La presentó el 15 de julio, es decir, dentro del plazo de seis meses a partir de la fecha de vencimiento original, pero no pagó el impuesto adeudado de 2.000 $ hasta el 25 de julio. El impuesto adeudado era superior al 10% de su deuda tributaria total del año, por lo que la declaración está sujeta a la multa por prórroga de mayo, junio y parte de julio. Dado que Linda no pagó el impuesto adeudado en la fecha de presentación de su declaración, también se le impondrá una multa por pago fuera de plazo por el resto del mes de julio. La multa por prórroga y la multa por pago fuera de plazo se calculan del siguiente modo:
Impuesto sobre la renta de las personas físicas
Si presenta la declaración fuera de plazo, se le aplicará una sanción. La sanción es del 5% del impuesto no pagado en la fecha límite de presentación, más el 1% de este impuesto no pagado por cada mes completo de retraso en la declaración, hasta un máximo de 12 meses.
Se impondrá a la empresa una sanción aún mayor si la CRA ha emitido un requerimiento para presentar la declaración con arreglo al apartado 2 del artículo 150 y la CRA ha impuesto a la empresa una sanción por no presentar la declaración en cualquiera de los tres ejercicios fiscales anteriores. La multa asciende al 10% del impuesto impagado en la fecha de presentación de la declaración, más el 2% de dicho impuesto impagado por cada mes completo de retraso en la presentación de la declaración, hasta un máximo de 20 meses.
Si una empresa no presenta estas declaraciones, además de cualquier otra sanción aplicable, se le impondrá una sanción por cada mes completo de retraso en la presentación de las declaraciones, hasta un máximo de 40 meses. La sanción se calculará sumando lo siguiente:
Una sociedad con establecimiento permanente en Terranova y Labrador que sea una institución financiera, tal y como se define en la legislación provincial, tiene que presentar el Anexo 305, Impuesto sobre el capital de Terranova y Labrador para las instituciones financieras.
Sanción por demora
Depende. Las sanciones y multas fiscales para los expatriados estadounidenses no siempre se imponen, ya que la situación de cada contribuyente es diferente. El IRS es consciente de que una gran parte de los estadounidenses en el extranjero desconoce sus obligaciones de declaración, por lo que ofrece un trato preferente a quienes buscan la manera de cumplir con la legislación fiscal estadounidense. Si no sabía que tenía que declarar, podría acogerse a los programas de amnistía del IRS.
Los expatriados estadounidenses que no deban ningún impuesto a EE.UU. no estarán sujetos a las sanciones por no presentar la declaración y por no pagar. Además, el IRS podría eximirle de la multa FBAR si determina que hubo una causa razonable para que no presentara un FBAR y que no se debió a negligencia intencionada. Las personas que no han presentado en años podría ser capaz de ponerse en conformidad con el programa Streamlined Foreign Offshore o amnistía multa de impuestos para los expatriados sin ser sancionado por no presentar sus declaraciones antes. Si desconocía la obligación de presentar la declaración, puede acogerse a este programa de amnistía presentando tres años de declaraciones de impuestos atrasadas y seis años de declaraciones FBAR. No se imponen sanciones fiscales ni multas a los expatriados estadounidenses por no presentar, no pagar o presentar fuera de plazo las FBAR cuando el incumplimiento se deba a una causa razonable.
Retención a cuenta
Si no presenta la declaración de la renta o no solicita una prórroga antes de la fecha límite, normalmente el 15 de abril, el IRS le impondrá una multa por no presentar la declaración. La multa depende del importe de los impuestos no pagados y del retraso con el que presente la declaración.
Otra multa se aplica por no pagar el total de los impuestos que debe antes de la fecha límite. La multa por impago es del 0,5% de los impuestos impagados por cada mes o parte de mes que no pague. Al igual que la multa por no presentar la declaración, la multa por demora en el pago tiene un límite del 25% de los impuestos impagados.
Por ejemplo, supongamos que usted debe impuestos federales sobre la renta y no presentó su declaración o no pagó la cantidad que debe. En el primer mes, en lugar de imponerle una multa del 5% por no presentar la declaración más una multa del 0,5% por no pagar, el IRS le aplicaría una multa del 4,5% por presentar la declaración fuera de plazo más una multa del 0,5% por no pagar, lo que supondría un total combinado del 5%.
La mejor manera de evitar una multa por no presentar la declaración es presentarla antes de la fecha límite o solicitar una prórroga automática de seis meses. Puede solicitar una prórroga enviando por correo el Formulario 4868 al IRS o pagando los impuestos que debe a través de Direct Pay, el Sistema Electrónico de Pago de Impuestos Federales (EFTPS) o con tarjeta de crédito o débito antes de la fecha de vencimiento del 15 de abril. La mayoría de las mejores plataformas de software fiscal también pueden presentar electrónicamente una prórroga en su nombre.